Consumo Cuidado [Portada]

La seguridad de los productos y los servicios


¿Has realizado alguna vez una compra por internet? ¿Recibiste un pedido de alguna tienda electrónica en malas condiciones y no supiste qué hacer?

Marca la alternativa que más te cuadre y descubre luego las opciones correctas:

Pregunta SI NO

1. El proveedor debe entregar las advertencias e indicaciones necesarias para que el consumidor pueda usar con la mayor seguridad los productos potencialmente peligrosos.
2. El proveedor debe informar al usuario y a quienes pueden verse afectado por los riesgos relacionados con el servicio que está otorgando.
3. Los fabricantes, importadores o distribuidores de productos o servicios que con posterioridad a la introducción de ellos en el mercado se den cuenta de la existencia de peligros o riesgos no previstos oportunamente, deben informarlo sin demora a la autoridad competente para que se adopten las medidas preventivas o correctivas necesarias.
4. El juez puede ordenar el retiro del mercado, de los bienes peligrosos para la salud o seguridad de las personas, cuando conste el riesgo en los respectivos informes técnicos.
5. Cuando para el proveedor no es posible reemplazar un producto peligroso que está en el mercado por otro inocuo, la ley establece que el proveedor debe devolver el dinero pagado al consumidor, siempre que éste devuelva el producto en perfecto estado.
6. El incumplimiento de las obligaciones que la ley establece para el proveedor, sobre seguridad de los productos y servicios, será sancionado con multa, pagar las indemnizaciones correspondientes a los daños y perjuicios causados, además de la pena que sea aplicable en caso de delito.
7. La publicidad falsa o engañosa que incide en las cualidades de productos o servicios que afectan la salud o seguridad de la población o el medio ambiente, será sancionada mediante multa.



Regresar a la página anterior
JCCM: Consejería de Sanidad y Consumo Afemjo-CLM